Morelia, Michoacán a 30 de enero del 2024.- En un spa se suelen realizar tratamientos faciales y corporales, en los que se ofrecen procedimientos tales como, radiofrecuencia, depilación láser, IPL, presoterapia, masajes, entre otros.
Por esta razón, y para cumplir con los estándares de calidad y de salud que establece la autoridad sanitaria, la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM), a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), te dice qué documentos necesitas.
Como primer paso, es esencial que el SPA, cuente con su aviso de funcionamiento. Este aviso debe tramitarse al menos 30 días antes de su apertura, indicando la clave SCIAN, correspondiente a los servicios que se brindarán en el establecimiento.
En segundo lugar, se debe verificar que todos los equipos que ayuden a llevar a cabo los tratamientos, cuenten con su registro sanitario vigente. Para ello el titular del SPA debe tramitar su registro ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Es importante señalar que el personal que labore en dicho establecimiento, debe estar acreditado y capacitado para brindar los servicios que se ofrecen. Dichas capacitaciones deben estar avaladas por alguna autoridad educativa, como la Secretaría de Educación, la Secretaría del Trabajo, o alguna otra institución reconocida.
Finalmente, en caso de requerir un tipo de publicidad, por ser un servicio relacionado al sector salud, debe solicitar un permiso de publicidad autorizado por la Cofepris, el cual requiere pago de derechos, si se trata de la web, redes sociales, televisión, folletos o espectaculares.