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Historia de la Regulación Sanitaria en Michoacán

 

Remembranza de la evolución histórica de la Regulación Sanitaria en el Estado de Michoacán ocurrida durante los dos últimos siglos, es evocar a los diversos organismos encargados de la salubridad pública que se has esforzado por proteger la salud de la población y que fueron antecesores de la actual Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios.

En un principio las acciones desarrolladas en el campo de la salud estuvieron dirigidas al control de enfermedades transmisibles, cuyos orígenes tuvieron conexión con antiguos problemas de insalubridad del medio, peculiares en un país en vías de desarrollo como el nuestro y, por extensión, relacionados con la pobreza y la ignorancia; posteriormente, el crecimiento económico del país, producto de la industrialización y la urbanización, aunado al incremento demográfico obligaron a enfrentar, también, otros problemas del ambiente considerados como subproductos indeseables del progreso.

La labor que se realiza en el campo de la regulación sanitaria es vital. Sus acciones están dirigidas a normar y controlar acciones sanitarias del hábitat humano, los establecimientos, las actividades, los productos, los equipos, vehículos y personas que puedan generar o representar daños a la salud de la población; asimismo, fomenta paralelamente el cuidado de la salud. La regulación sanitaria está presente en todo cuanto nos rodea.

Recordando un poco de historia:

1477, se expide la Real Pragmática de Fernando de Aragón, en la que se norma el desempeño de los llamados “Protomédicos”, que regula la actividad de los “Boticarios”.

1825, en los albores del triunfo de la Independencia de México, se promulga un bando que incluyen normas relacionadas principalmente con el aseo de calles y sitios públicos.

En nuestro Estado, en 1827, en aras de mejorar la salud y hacer más expedito el despacho de recetas médicas, se dispuso que todas ellas se escribieran en castellano y aquellas cuyo uso fuere en alguna manera peligroso, no se despachaban sin la firma del facultativo examinado y aprobado.

1833, el Consejo de Salubridad inicia sus funciones editando el primer “Código Sanitario” de México. En ese año, la V Legislatura Constitucional aprobó el Decreto número 11 “De la Unidad de Ciencias Médicas y Quirúrgicas”, en el cual desaparece del Protomedicato (órgano rector de la salubridad durante la Colonia) y se crea la “Facultad Médica de Michoacán”, hasta que la República restaurada de 1868 cesó sus funciones para dar lugar a la “Junta de Salubridad”, quedando instalada en la ciudad de Morelia el 3 de enero de 1869.

1889, el Dr. Eduardo Liceaga, como Presidente del Consejo Superior de Salubridad elabora el proyecto “Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos”, mismo que se expide en 1891.

1895, se expide el Primer Código Sanitario de Michoacán.

1917, se crea el Departamento de Salubridad Pública, que, de acuerdo con el Artículo 10, le correspondía: Legislación Sanitaria de la República; Política Sanitaria de puertos, costas y fronteras; Medidas contra el alcoholismo; Medidas contra padecimientos epidémicos; Vigilancia sobre el uso y venta de sustancias venenosas; Inspección sobre sustancias alimenticias, drogas y demás artículos puestos en circulación; Congresos Sanitarios, etc.

1920, inicia la organización básica de la Sanidad Nacional.

1924, se deroga el Reglamento del Consejo Superior de Salubridad de 1892, pero, sirve de antecedente para la expedición del nuevo Código Sanitario promulgado en junio de 1926, que contenía capítulos relativos a “Higiene de los alimentos”, “Comestibles, Bebidas y Medicamentos”, e “Higiene Industrial”, entre otros.

1934, el Congreso de la Unión aprueba la institución del término Salubridad General de la República, acto que le permitía al Ejecutivo Federal evitar que los estados impusieran restricciones graves u onerosas, y dejando a las entidades federativas lo inherente a su soberanía interior, para legislar en todo lo que atañe a la Salubridad Local.

1938, se instituye la Secretaría de Asistencia.

1938, se crea la Oficina de Higiene Industrial, dentro del Departamento de Salubridad Pública.

1943, se fusionan el Departamento de Salubridad y la Secretaría de Asistencia para crear la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

El antecedente más estrechamente vinculado con las funciones de Regulación Sanitaria, es la integración de lo que se llamó “Sección de Alimentos, Bebidas y Medicamentos”, lo que ocurrió una vez integrados los Servicios Coordinados de Salubridad y Asistencia en el Estado, hoy Secretaría de Salud en el Estado de Michoacán.

En los siguientes años se conformaron tres subsecciones: Higiene Industrial, Higiene de los Alimentos e Ingeniería Sanitaria, que integraban lo que se conocía como “Sección de Saneamiento”. En los años 60’s esa Sección se elevó a categoría de Oficina de Saneamiento y casi inmediatamente a la de Departamento.

1980, el Departamento de Saneamiento se convierte en Subjefatura, con dos Departamentos, el de Ingeniería Sanitaria y el de Inspección y Licencias.

1982, por los convenios de Descentralización, los entonces Jefes de los Servicios Coordinados quedaron facultados para manejar asuntos administrativos y económicos en su entidad.

Entre 1982 y 1988, se promulgan: la Ley General de Salud, en sustitución del Código Sanitario; las Leyes Estatales de Salud, Reglamentos, Normas Técnicas y bases para la descentralización de los Servicios.

1992, la Subjefatura estaba integrada por los Departamentos de Control Sanitario de Bienes, Insumos y Servicios; Control Sanitario de Insumos para la Salud; Salud Ambiental, y Enseñanza e Investigación en Salud.

2001, la Secretaría de Salud, a nivel federal, en la búsqueda de la renovación, transparencia y en su firme propósito de proteger a la población, transforma la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario en la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios.

2012, en la actualidad, la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios se encuentra en un proceso de transición con la finalidad de cubrir las necesidades que los nuevos tiempos demandan. Transformarse en un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud en el Estado, a fin de poder ejercer de manera homogénea la autoridad sanitaria, en la que prestadores de servicios y, principalmente, la población, resulten beneficiados en la operación, políticas, estrategias y mecanismos administrativos para el ejercicio de las funciones de regulación, fomento y control sanitario, por darse la actuación de la autoridad en un ámbito de mayor transparencia y legalidad.

Aportación: María del Rosario Barrera Serrato

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